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Acompañamiento y Asistencia Espiritual,  Ley 20.584

 

 

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Presentación

 

Debemos considerar que ser capaces de brindar Asistencia Espiritual, es un derecho inobjetable, donde se debe ser capaz de respetar y ratificar el valor de todas las creencias  espirituales, entregando el proceso de curación que incluya el cuerpo, la mente y el espíritu, respetando la diversidad de manifestaciones de Fe para obtener el consuelo, valor y fortaleza, en los momentos de crisis y de decisiones difíciles.

Las necesidades espirituales deben ser precisadas por cada paciente con el fin de respetar su autonomía y aliviar el sufrimiento causado por la enfermedad.

Recordemos que la Ley 20.584, Ley que Regula los Derechos y Deberes de los Pacientes, según el Titulo II "Derecho de las Personas en su Atención de Salud"; Parrafo 2° "Del Derecho a un Trato Digno (Artículo 5°)" y Parrafo 3° "Del Derecho a tener Compañía o Asistencia Espiritual" (Artículo 6° y 7°), permite a nuestro Hospital,  a través de Funcionarios y Voluntarios dar respuesta a esta necesidad y por otro lado, nos permite ir capacitando en materias Espirituales, ética, bio- ética etc.

Ser capaces de lograr el acompañamiento e integración, es primordial en nuestro Hospital y porque no también en la Red del  Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, apuntando a una integración equilibrada de las distintas vertientes de la experiencia personal, ayudando a mirar en profundidad, escuchando las voces internas y la voz silenciosa espiritual , que ilumina el proceso final terrenal.

 

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Valores que Sustentan el Programa 

 

  • Centrado en el servicio a la persona

  • Trato respetuoso y digno

  •  Respeto a los credos religiosos existentes

  • Responsabilidad y compromiso

  • Calidad y técnica

  • Trabajo en equipo

 

OBJETIVOS

Como objetivo principal, ser capaces de dar asistencia espiritual ecuménica, fomentar y proteger el desarrollo integral del paciente hospitalizado y del funcionario del Hospital y de la Red del Servicio de Salud Metropolitana Sur Oriente, contribuyendo a la dignificación de la atención hospitalaria, canalizando necesidades espirituales.

Es estar al servicio del enfermo, entregando la fortaleza en momentos depresivos o abatimiento, reconciliándose consigo mismo, con el pasado, la familia y creencias.

 

“Si no está en tus manos cambiar una situación que te produce dolor, siempre podrás escoger la actitud con la que afrontes ese sufrimiento”.

“La sanación se produce mediante el hallazgo de sentido. La búsqueda seria de sentido, la voluntad de dar con el sentido, mantiene al hombre en el camino que conduce a una salud auténticamente humana. Acompañar al que sufre en su camino para encontrar sentido al dolor, es una de las maneras de ayudar a vivir sanamente.”

Víctor Frankl

FUNCIÓN FINAL A LOGRAR

 

La función final de la UAE, es atender la necesidad del enfermo sin discriminación, por medio de la gran labor pastoral, comunidades religiosas y ecuménica, abierta a las necesidades de todas las personas.

Asumir este tema es un proceso complejo y difícil para el equipo de salud. Por eso se debe incorporar como parte de la terapia, con exigencia ética en la medicina del paciente y debe centrarse en él como persona, en su familia y en su entorno como una unidad.

 

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